ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN
El Ministerio de Educación, en la Resolución CNE/CES n.º 7, del 18 de diciembre de 2018, establece los Lineamientos para la Extensión en la Educación Superior Brasileña. Conforme al artículo 4.º de dicho documento, la carga horaria de extensión debe componer, como mínimo, el 10% del total de la carga horaria curricular estudiantil de los cursos, integralizando la matriz curricular. Además de esta resolución, la inserción curricular de la extensión deberá observar los siguientes documentos orientadores: Resolución 027/2015 CONSUN, que establece la Política de Extensión Universitaria de la FURG; Resolución 29/2022 COEPEA, que normatiza el proceso de curricularización de acciones de extensión en la FURG.
Las actividades de extensión constituyen aportes decisivos en la formación académica, tanto por la ampliación del universo de referencia que proporcionan, como por el contacto directo con las grandes cuestiones contemporáneas. La extensión en el curso superior en Tecnología en Procesos Químicos debe estar articulada a la enseñanza y a la investigación, y es comprendida como un proceso eminentemente educativo, cultural, técnico-científico y pedagógico.
El curso superior en Tecnología en Procesos Químicos exige una carga horaria mínima de 240 horas de actividades de extensión. La inserción curricular de la extensión se caracterizará en el PPC mediante: i) asignaturas híbridas, con carga horaria teórica y de extensión, totalizando 30 horas; ii) actividades de extensión fuera del QSL del curso, de un mínimo de 210 horas.